- Operadores de ruta regular y taxistas pagarán únicamente el 50 % del saldo adeudado de los tractos II y III del año 2020.
- Suma restante se cancelará el 30 de abril del 2021.
Luego de realizar un estudio detallado para determinar la redistribución de los montos establecidos en los tractos II y III del canon 2020, el Consejo de Transporte Público (CTP) acordó ayudar a los concesionarios de taxi y ruta regular a pagar únicamente el 50 % de los montos pendientes y trasladar el restante 50 % a cancelar en el año 2021.
Dicha medida se da tras los impactos económicos y sociales que sufren los operadores de taxi y rutas regulares por la pandemia del COVID-19.
“Los operadores nos han mencionado que han visto reducida la cantidad de personas que se movilizan en transporte público, lo cual les genera un recorte en el flujo de caja, recordemos que desde el inicio de la emergencia nacional las autoridades sanitarias han recomendado mantenerse en casa y poco a poco hemos ido retomando las actividades, situación que lleva implícito seguir atendiendo los compromisos económicos y los pagos, lo cual se ha dificultado”, señaló el director ejecutivo del CTP, Manuel Vega.
En la Sesión Ordinaria 37-2020 celebrada el día 14 de mayo del 2020, la Junta Directiva aprobó realizar un presupuesto extraordinario para incorporar una parte del superávit disponible, por la suma de ¢623.93 millones que permitiría financiar un 50 % del monto pendiente de cancelar por los concesionarios de taxis y autobuses de los tractos II y III del período 2020, para ser cobrados el 30 de abril del 2021.
De esta manera se aprobó que los concesionarios de la modalidad taxis para el año 2020, paguen el tracto II la suma de ¢11.551.00 y el tracto III la suma de ¢6.931.00, que representa una disminución en el pago del año 2020 de ¢18.482.00, equivalente a un 50 % de lo adeudado.
Taxis 2020
Tractos |
Monto del tracto |
Monto del tracto modificado 50% |
Fecha pago |
Monto a pagar |
II Tracto |
¢23.103.00 |
¢11.551.00 |
15 de junio 2020 |
¢11.551.00 |
III Tracto |
¢13.861.00 |
¢6.931.00 |
31 agosto 2020 |
¢6.931.00 |
Total |
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¢18.482.00 |
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En el caso de los autobuseros de ruta regular, se aprobó que para el año 2020, paguen en el tracto II la suma de ¢62.843.00 y en el tracto III la suma de ¢37.706.00, que representa una disminución en el pago del año 2020 de ¢100.549.00, equivalente a un 50 % de lo adeudado.
Ruta regular 2020
Tractos |
Monto del tracto |
Monto del tracto modificado 50% |
Fecha pago |
Monto a pagar |
II Tracto |
¢125.686.00 |
¢62.843.00 |
15 de junio 2020 |
¢62.843.00 |
III Tracto |
¢75.412.00 |
¢37.706.00 |
31 agosto 2020 |
¢37.706.00 |
Total |
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¢100.549.00 |
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Cabe destacar que dentro de la Ley 7969, no se dispone posibilidad legal a efectos de poder establecer una eximente para el pago del canon por parte del CTP.
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