Según el acuerdo de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (CTP), en la sesión ordinaria 82-2021, celebrada el 26 de octubre del presente año, quedan habilitados a realizar servicios de transporte de personas los denominados servicios ocasionales con las siguientes disposiciones:
- A partir del 01 de noviembre del 2021 hasta el 30 de abril del 2022 estará habilitado la entrega de permisos mes a mes para los interesados en transporte especial ocasional, únicamente para aquellas unidades que se encuentran al día en los requisitos exigidos por el CTP en la modalidad indicada y la normativa respectiva.
- De previo a operar cada interesado deberá presentarse ante las oficinas centrales o regionales del CTP a fin de que se le habilite el respectivo permiso, mismo que se entregará mes a mes.
- De no cumplir con lo establecido, el CTP ejercerá las acciones jurídicas correspondientes a fin de retirar o revocar los permisos.
- Cabe destacar que también se debe cumplir de manera estricta con los lineamientos y protocolos sanitarios para prevenir contagios de Covid-19 y sus variantes.
- Aquellas unidades de transporte especial ocasional que sean sorprendidas por las autoridades de Tránsito prestando servicios de transporte remunerado de personas no autorizados o habilitadas, serán sancionadas conforme lo estipula la Ley de Tránsito, Ley 9078 y se le revocará el permiso sin responsabilidad para la Administración de conformidad con lo que establece el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública.
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