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  • Choferes de buses deben apagar el motor en paradas y terminales

    lunes, 22 de agosto de 2022

  • De conformidad con lo establecido por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante Artículo 13 de la Sesión Ordinaria 04-2003 y en cumplimiento a diversas resoluciones de la Sala Constitucional y en concordancia con el derecho consagrado en el Artículo 50 de la Constitución Política, se les solicita informar a los conductores de las unidades de transporte público que, deben apagar los motores de los autobuses en las paradas establecidas y señaladas, principalmente en las terminales, cuando realizan el abordaje y desabordaje de pasajeros, ello con el propósito de mitigar los efectos de la emanación de gases contaminantes al usuario del servicio así como a la atmósfera y garantizar a las personas ciudadanas un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

     

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